Crímenes sin resolver

María Jiménez

Doctora en Comunicación

Crímenes sin resolver

Los casos de atentados terroristas que no están judicialmente resueltos salieron a la luz, paradójicamente, cuando la organización terrorista ETA dejó de cometer atentados. Fueron las víctimas las que de nuevo desempolvaron esa realidad y pusieron de manifiesto que había centenares de familias que habían sufrido atentados terroristas y que no habían sido amparadas por la justicia, un derecho que debía hacerse efectivo a cualquier ciudadano y que, en su caso, no sucedió.

Cuando hablamos de atentados sin resolver, tenemos que referirnos a aquellos que están parcialmente resueltos, es decir, aquellos en los que hay alguna sentencia condenatoria sobre alguno de los implicados, y aquellos casos en los que efectivamente, no ha habido una resolución, están claramente sin resolver, porque no existe ninguna sentencia condenatoria sobre ninguno de los implicados. Cuando hablamos de que un caso está completamente resuelto, implica que todos los participantes en un crimen, desde los informadores hasta los autores materiales, tienen una sentencia condenatoria sobre ellos. Que exista una sentencia en un caso no implica que ese caso esté resuelto, puede haber sentencias absolutorias o puede haber sentencias donde en el apartado de hechos probados se determine que hay varios participantes en un crimen y, sin embargo, no todos ellos son sentenciados. Qué ocurre con los casos amnistiados o con los casos prescritos. En ellos no cabe la posibilidad de que haya una sentencia condenatoria, sin embargo, sí que deben ser esclarecidos porque prevalece el derecho a la verdad de las familias de las víctimas.

De acuerdo con investigaciones de distintas asociaciones de víctimas y de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, hay más de 300 asesinatos de ETA sin resolver.

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